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Matricula inicial de vehículos
En qué consiste?
Es el registro que se realiza de un vehiculo ante un organismo de
transito a través del sistema RUNT, para que pueda transitar por las vias
nacionales abiertas al publico, este tramite da como resultado la expedicion de
una licencia de transito.
Normatividad que regula el trámite
Resolución 004775 de 01 de octubre de 2009 Ministerio de Transporte.
Requisitos
Solamente se podrán matricular vehículos nuevos, entendiéndose por estos
los comercializados durante el año modelo asignado por el fabricante y los dos
meses primeros del año siguiente.
No se podrán matricular saldos de vehículos, excepto si son de fabricación
nacional y sin importación de conformidad con la ley 1281 de 2009 y la
resolución 349 de 2009 de este ministerio.
Los saldos de vehículos de fabricación nacional y sin importación, se
podrán comercializar y registrar con posterioridad al año modelo, siempre que
la factura de venta corresponda a un periodo no mayor de 60 dias hábiles
anteriores a la fecha en que se solicita la matricula.
Los vehículos ensamblados, fabricados o importados cuyo año modelo asignado por
el fabricante es posterior al de su comercialización, procede su matrícula
desde el año de la comercialización y los dos meses primeros del año siguiente
del año modelo.
Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT.
Acreditar expedición por el importador donde conste el número de la declaración
de importación y características del vehículo, puede suplirse con el
certificado individual de aduanas, empadronamiento o declaración de despacho
para consumo.
Acreditar legalidad del Vehículo Automotor.
Tener póliza de seguro obligatorio de accidentes de tránsito. Previamente
cargada en la pagina del RUNTwww.runt.com.co
Acreditar que el vehículo se encuentra en óptimas condiciones.
Estar a paz y salvo en el pago de impuestos sobre vehículos automotores.
Acreditar el pago de los derechos del trámite.
Estar a paz y salvo por infracciones de tránsito en el Sistema Integrado de
Información de Multas por Infracciones de Tránsito - SIMIT.
Documentos Requeridos
Formulario de Solicitud de Trámite, debidamente diligenciado con las
instrucciones señaladas en el reverso del documento. Para la matrícula de un
vehículo automotor, el Formulario debe estar suscrito por el comprador (es)
anexándole las improntas exigidas en reverso del documento. (Descargar Formulario
Único)
Factura de compra si el vehículo es de fabricación nacional.
Factura de compra del vehículo en el país de origen.
Certificado individual de Aduana o declaración de importación.
SOAT vigente cargado en la Plataforma del RUNT con las placas del vehiculo.
Paz y Salvo por infracciones de tránsito (SIMIT) del(los) comprador del vehículo.
Acreditar el pago de los derechos del trámite.
Para vehículos ensamblados o fabricados y vendidos en forma independiente el
chasis y la carrocería, debe anexar las respectivas facturas de venta.
Si el vehículo presenta limitación o gravamen a la propiedad, deberá adjuntar
el documento en el que conste su levantamiento o la autorización otorgada por
el beneficiario del gravamen o limitación, en el sentido de aceptar la
continuación de este con el nuevo propietario.
El Certificado de existencia y representación legal del propietario, con
vigencia no mayor a noventa (90) días si se trata de una persona jurídica. e
inscripción ante el RUNT.
La revisión técnico-mecánica y de gases, no será exigible a los vehículos
matriculados durante el año modelo asignado por el fabricante y los dos
primeros meses del año siguiente; los cuales se someterán a la primera revisión
al cumplir dos años contados a partir de su matrícula.
Traspaso de vehículos
En qué consiste?
Consiste en el cambio de propietario de un vehículo.
Normatividad que regula el trámite
Resolución 004775 de 01 de octubre de 2009 Ministerio de Transporte.
Requisitos
Formulario de Solicitud de Trámite, debidamente diligenciado con las
instrucciones señaladas en el reverso del documento.
Tener póliza de seguro obligatorio de accidentes de tránsito vigente
(SOAT).Previamente cargado en la Página del RUNTwww.runt.com.co
Acreditar las condiciones técnico-mecánicas y de gases para vehículos.
Asimismo, se exceptúan los vehículos que no hayan cumplido dos años de
matrícula. Previamente cargado en la Página del RUNT www.runt.com.co
Acreditar pago de derechos. Acreditar el pago de los derechos del trámite. El
Pago lo realiza en el Banco ubicado en nuestra Entidad.
Contrato de Compra Venta del vehículo.
Para el traspaso de vehículos de servicio público, deberá cederse el derecho de
vinculación o afiliación, con previa aceptación de la empresa.
Para vehículos matriculados o registrados y rematados por la justicia ordinaria
como resultado de un proceso judicial.
Para el caso de cambio de propietario por traspaso a una compañía de seguros
por hurto del vehículo, se solicitará cancelación de la matrícula del vehículo
en el formulario de solicitud de trámite, en cuyo caso no se exigirán las
improntas, ni el pago de la retención en la fuente.
Acreditar la limitación o gravamen a la propiedad.
Acreditar el pago del 1% sobre el avalúo del vehículo a enajenar.
Por remate de un vehículo de servicio oficial a una persona natural o jurídica.
Estar a paz y salvo en el pago de impuestos sobre vehículos automotores.
El comprador y el vendedor deben estar a paz y salvo por infracciones de tránsito
en el Sistema Integrado de Información de Multas por Infracciones de Tránsito - SIMIT.
El propietario, el comprador y/o apoderado deben estar inscritos en el Registro
Único Nacional de Tránsito –RUNT.
Para los casos en los que intervienen menores de edad, probar la representación
del mismo
Documentos Requeridos
Formulario de solicitud de trámites del registro nacional automotor,
suscrito por el vendedor y comprador, o por una de las partes, anexando las
improntas, ante el Organismo de Tránsito donde esté matriculado, dentro de los
60 días hábiles siguientes a la adquisición del vehículo. (Descargar Formulario
Único)
Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT. previamente cargado en la
Página del RUNT www.runt.com.co
Certificado de revisión técnico - mecánica y de gases vigente. previamente
cargado en la Página del RUNTwww.runt.com.co
Recibo de pago de los derechos del trámite, El pago lo realiza en el banco
ubicado en nuestras instalaciones.
Contrato de compraventa, documento o declaración en el que conste la
transferencia del derecho de dominio del vehículo celebrado con las exigencias
de las normas civiles y/o mercantiles.
Licencia de Tránsito o la declaración por escrito de la pérdida del documento
Contrato de cesión de la vinculación o afiliación del vehículo de servicio
público, con firmas del cedente y del cesionario
Sentencia y acta de remate o en su defecto el acta de adjudicación
Sentencia con constancia de ejecutoria o escritura pública con sello de
protocolización.
Autorización expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
al nuevo propietario
Denuncia penal por hurto del vehículo, Cuando es Traspaso a la aseguradora.
Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgado formalmente, en
caso de no ser el titular quien realice el trámite.
Documento en el que conste el levantamiento de la limitación o gravamen a la
propiedad o la autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o
limitación, en el sentido de aceptar la continuación de éste con el nuevo
propietario.
Recibo de pago por concepto de retención en la fuente.
Acta de remate que soporte la realización del traspaso
Certificado de existencia y representación legal del propietario, con vigencia
no mayor a noventa (90) días
Cédula de ciudadanía del poderdante
Cédula de extranjería o carta de residencia del poderdante
Registro Civil de Nacimiento del menor, si está a cargo de los padres de
familia
Decisión de autoridad competente que así lo acredite, si está a cargo de
Curador o Tutor
Inscripción de alerta o
levantamiento de alerta
En qué consiste?
Inscripción
de alerta
Consiste en el registro que se le realiza al vehículo de una limitación a la
propiedad que se hace a favor de una persona Natural o Jurídica.
Levantamiento de prenda
Consiste en el levantamiento que se hace del gravamen a la propiedad que se
hace a favor de una persona Natural o Jurídica.
Normatividad que regula el trámite
Resolución 004775 de 01 de octubre de 2009 Ministerio de Transporte.
Requisitos
Formulario oficial establecido por el Ministerio de Transporte
Tener póliza de seguro obligatorio de accidentes de tránsito vigente
Acreditar las condiciones técnico-mecánicas y de gases para vehículos. Se
exceptúan los vehículos que no hayan cumplido dos años de matrícula
Acreditar el pago de los derechos del trámite
Acreditar la inscripción o levantamiento o la modificación del acreedor
prendario
Acreditar tenencia. Ser propietario del vehículo automotor
Estar a paz y salvo en el pago de impuestos sobre vehículos automotores
Estar a paz y salvo por infracciones de tránsito en el Sistema Integrado de
Información de Multas por Infracciones de Tránsito SIMIT
El propietario y el apoderado deben estar inscritos en el Registro Único
Nacional de Tránsito – RUNT .
Para los casos en los que intervienen menores de edad, probar la representación
del mismo
Documentos Requeridos
Formulario de solicitud de trámites del registro nacional automotor,
suscrito por el vendedor y comprador, o por una de las partes, anexando las
improntas, ante el Organismo de Tránsito donde esté matriculado, dentro de los
60 días hábiles siguientes a la adquisición del vehículo. (Descargar Formulario
Único)
Tener póliza de seguro obligatorio de accidentes de tránsito vigente (SOAT).
Previamente cargado en la Página del RUNT.
Certificado de revisión técnico - mecánica y de gases vigente. previamente
cargado en la Página del RUNT.
Recibo de pago de los derechos del trámite
Documento en el que conste la inscripción o levantamiento de la limitación o
gravamen a la propiedad o la modificación del acreedor prendario
Licencia de tránsito, excepto para modificación de prenda solicitada por el
acreedor prendario
Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgado formalmente, en
caso de no ser el titular quien realice el trámite
Certificado de existencia y representación legal del propietario, con vigencia
no mayor a noventa (90) días
Cédula de ciudadanía del poderdante
Cédula de extranjería, carta de residencia del poderdante
Registro Civil de Nacimiento del menor, si está a cargo de los padres de
familia
Decisión de autoridad competente que así lo acredite, si está a cargo de
Curador o Tutor.
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